Medida está vigente desde el pasado 25 de abril de 2018
DGII concreta inclusión de tasa de tarjeta de turista a boletos aéreos emitidos fuera de RD
Temas relacionados: DGII, Mitur, República Dominicana
7 mayo, 2018 Deja un comentario
La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) informó que desde el pasado 25 de abril de 2018, la Tarjeta de Turista se incluye en todos los boletos aéreos emitidos fuera de República Dominicana.
No obstante, todos los pasajeros que ingresen por vía aérea a República Dominicana, con boletos aéreos adquiridos antes de dicha fecha, deberán presentar la tarjeta de turista correspondiente; las cuales se pueden adquirir en los puntos de venta autorizados de la DGII, en su página web, Consulados y Embajadas de la República Dominicana, o vía los tour operadores locales autorizados por el Ministerio de Turismo (Mitur).
“De igual forma, continuaremos recibiendo todas las Tarjetas de Turista compradas previamente por pasajeros cuyos boletos no la tengan incluida”, agrega la entidad en un comunicado publicado en su página web.
Además la DGII indicó que recomienda a los visitantes que arriben al país por vía aérea verificar el detalle de las tasas e impuestos incluidos en sus boletos, a fin de determinar si deben adquirir, o no, las tarjetas de turista durante el periodo de transición.
Para los visitantes que ingresen al país por vía terrestre o marítima, las tarjetas de turista pueden adquirirse en los puntos de venta de la DGII en dichas localidades. De igual forma, en estos puntos se brinda la facilidad de realizar el pago de la Tarjeta de Turista en euros a los pasajeros que no dispongan de dólares estadounidenses. Para estos casos, el costo de la tarjeta es de €10,00.
Se recuerda que la entidad recaudadora había emitido la Norma General 08-2018 Sobre los Procedimientos relativos al pago de la tarjeta de turismo en los boletos aéreos, y había concedido un plazo a las aerolíneas para tener listos sus sistemas tecnológicos.
Por otra parte, la norma establece el procedimiento para el reembolso del pago de los US$10 dólares por concepto de tarjeta de turismo y, en su artículo 5, especifica quiénes podrán optar por el reembolso.
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