"Las partes renuncian a acudir a atribunales en RD o en Francia"
El Estado no puede demandar al AILA ante los tribunales locales
Temas relacionados: Aerodom, AILA, American Airlines, Francia, Luis Abinader, República Dominicana, VINCI Airports
2 febrero, 2026
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Si el Estado dominicano decide llevar a los tribunales a Aeropuertos Dominicanos Siglo XXI (Aerodom) por presuntos incumplimientos en la construcción de la nueva terminal del Aeropuerto Internacional de las Américas José Francisco Peña Gómez (AILA), su margen de acción se vería condicionado por el propio contrato de concesión renovado en noviembre de 2023 y vigente hasta 2060.
Aunque el presidente Luis Abinader, elevó el tono y advirtió el pasado 28 de enero que el Gobierno acudiría a instancias legales si la empresa francesa Vinci Airports -propietaria de Aerodom- no inicia de forma efectiva la obra, el convenio establece límites tanto en los mecanismos de resolución de conflictos como en las sanciones económicas aplicables.
Las reglas
El acuerdo refiere que toda controversia se resolverá solo bajo las reglas de arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional. Con tres árbitros bilingües (español-inglés); ninguno dominicano ni francés, con sede en Nueva York e idioma español. El texto contractual es explícito: el arbitraje será «el único recurso» y las partes renuncian a acudir a tribunales en la República Dominicana, Francia o cualquier otra jurisdicción.
Ello significa que, más allá del discurso político, el Estado no puede demandar ante tribunales locales.
350 millones de dólares es la inversión que hará Aerodom en la nueva terminal del AILA.
Las demoras
La construcción de la nueva terminal, cuya inversión supera los US$350 millones y debe concluir en el segundo semestre de 2028, está sujeta a penalidades solo si el retraso supera seis meses.
Además, no toda tardanza es atribuible a la concesionaria debido a que el contrato excluye demoras por importación de materiales y equipos.
Cuando el retraso es responsabilidad exclusiva de Aerodom, se aplican multas diarias calculadas sobre una base de US$250 millones. Durante los primeros tres meses: 1/5,000 por día y a partir del cuarto mes: 1/2,500 por día.
La penalidad máxima no puede superar el 6 % del monto base, lo que quiere decir que la sanción total rondaría los US$15 millones, según Diario Libre.
De acuerdo al pacto, en el caso de un retraso irreversible, la empresa Aerodom deberá presentar su justificación por escrito «dentro de los 15 días de producida la causal y en todo caso antes del término del plazo vigente».
Transcurrido el referido período no se aceptará justificación alguna.
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